Economía

El SIN cruza información para identificar a los que no pagaron el impuesto a la fortuna

El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) requirió a Derechos Reales información de las personas que tienen registrado a su nombre más de 19 bienes inmuebles a diciembre de 2020

 

El Servicio de Impuestos Naciones (SIN) cruza información con diferentes instituciones públicas y privadas para identificar a personas con patrimonio superior a los Bs 30 millones y que no hayan pagado el Impuesto a las Grandes Fortunas. Como parte de esta estrategia, se solicitó información a Derechos Reales de personas con más de 10 bienes inmuebles.

El gerente del SIN, Mario Cazón, explicó que el requerimiento de información busca identificar a las personas que no se hayan registrado y pagado el impuesto a la fortuna.

“Recabando esta información (de bienes), como también del sistema financiero y de los gobiernos municipales para por ejemplo conocer el valor de un vehículo y de un inmueble. La sumatoria de todos los bienes, incluidos los depósitos o los recursos que tengan en el sistema financiero, los bienes suntuosos, es en ese contexto se ha solicitado información a Derechos Reales”, sostuvo.

El Servicio de Impuesto Nacionales hizo la solicitud de proporcionar la información de quienes tienen más de 10 bienes inmuebles. El Gobierno aplica el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) a personas con un patrimonio mayor a los Bs 30.000.000.

El delegado del Consejo de la Magistratura de La Paz, Marco Cárdenas, informó que se remitirá a Impuesto Nacionales información sobre las personas registradas con más de 10 inmuebles hasta el 31 de diciembre de 2020, aunque admitió “vulnerando el derecho propietario, el derecho a la privacidad”.

“Es la solicitud que se está haciendo a través de Impuestos Nacionales, motivo por el cual nosotros vamos a dar cumplimiento a través de las oficinas de Derechos Reales, tanto como registradores y subregistradores, pero va a tener que ser a través de sistemas”, explicó y reconoció que ese reporte se hará “vulnerando el derecho propietario, el derecho a la privacidad de aquellas personas que van a ser afectadas en este aspecto”.

Mediante circular, del 28 de mayo de 2021, la Dirección Nacional de Derechos Reales instruye a registradores y subregistradores que a la brevedad posible “remitan el detalle de propietarios -personas naturales- que registren más de diez bienes inmuebles al 31 de diciembre de 2020; dicha información debe ser remitida escrita y en formato digital”.

Fuente: La Razón

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